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Paso a paso para ingresar ahorros no declarados con la Ley de Inocencia Fiscal
La Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley de Inocencia Fiscal que amplía las garantías para quienes decidan blanquear sus ahorros en dólares o pesos. Repasamos, paso a paso, cómo bancarizarlos sin exponerse a sanciones ni cuestionamientos futuros de ARCA.

Qué cambia con la reforma a la Ley de Inocencia Fiscal
La declaración jurada simplificada de Ganancias, creada por la Ley 27.799 de Inocencia Fiscal, no es un blanqueo como los que existieron en la Argentina, con perdón de sanciones penales o impositivas. Pero sí busca brindar seguridad frente a posibles denuncias y fiscalizaciones de ARCA para quienes cumplan con sus condiciones.
El régimen permite bancarizar dólares y pesos en efectivo a través de un banco o un agente de bolsa, o aplicarlos directamente a la compra de un inmueble. La formalización puede realizarse en cualquiera de los extremos de la operación, por ejemplo al finalizar la compra de un automóvil, mediante la concesionaria. El objetivo es que esos ahorros puedan incorporarse al sistema financiero sin penalidad, otorgando tranquilidad frente a futuros cuestionamientos.
La Cámara de Diputados ya aprobó una reforma a la Ley de Inocencia Fiscal que busca ampliar esas garantías. Una vez que la reforma sea aprobada definitivamente, este será el procedimiento para incorporar esos ahorros al circuito formal y destinarlos a generar renta, inversión y producción.
Paso a paso para ingresar los dólares del colchón con Inocencia Fiscal
Paso 1: Adhesión formal a Ganancias Simplificado
El contribuyente debe presentar ante ARCA la adhesión a la declaración simplificada del Impuesto a las Ganancias. Para acceder al régimen, se requiere:
- Ser residente fiscal durante todo el período fiscal (excepto para 2025).
- Obtener la constancia de adhesión emitida por ARCA, que permitirá acreditar la condición ante terceros.
- No ser Gran Contribuyente ni funcionario público. Estos sujetos pueden adherir, pero no acceden a la presunción de exactitud para el año base 2025 ni al tapón fiscal para los períodos 2022, 2023 y 2024.
Paso 2: Elección del canal de bancarización o aplicación de los fondos
La ley autoriza dos vías:
- Vía financiera o bursátil: operación a través de entidades autorizadas por el BCRA o la CNV, asegurando que la bancarización se verifique en el origen o en el destino.
- Vía inmobiliaria directa: aplicación de dólares en efectivo ante escribano, al otorgar escrituras públicas vinculadas a derechos reales sobre inmuebles.
Paso 3: Validación ante el Sujeto Obligado y debida diligencia de la UIF
El contribuyente debe presentar la constancia de adhesión ante el banco, el agente bursátil o el escribano interviniente. Estas entidades, Sujetos Obligados ante la UIF, validarán la situación en tiempo real mediante consultas automatizadas o a través de la API de ARCA.
La constancia funcionará como antecedente favorable para encuadrar al contribuyente dentro del monitoreo simplificado de la UIF, reduciendo la emisión de Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) por falta de acreditación previa del origen de los fondos.
La UIF establecerá tres escalas de monitoreo: simplificado, de intensidad media y de intensidad alta. El esquema más liviano se aplicará a personas humanas que exterioricen fondos bajo este régimen, con el objetivo de mitigar la emisión automática de ROS.
Paso 4: Declaración e imputación patrimonial
En compras inmobiliarias u operaciones realizadas antes del 31 de diciembre de 2027, los fondos deberán computarse como bienes incorporados al patrimonio en la fecha exacta de la transacción, a efectos del Impuesto sobre los Bienes Personales.
La declaración simplificada de Ganancias deberá mantenerse cumplida para conservar la presunción de exactitud y la protección del tapón fiscal frente a eventuales cuestionamientos sobre el origen de los fondos.
Paso 5: Mecanismo de subsanación ante una fiscalización
Los fondos exteriorizados y canalizados de acuerdo con la Ley de Inocencia Fiscal gozarán de presunción de exactitud hasta el 31 de diciembre de 2027.
Si ARCA detecta una discrepancia significativa y emite una orden de intervención o inspección, la protección sobre los dólares del colchón no se pierde automáticamente. Para desactivar la discrepancia y mantener los beneficios, el contribuyente deberá:
- Presentar una declaración jurada rectificativa.
- Cancelar o regularizar los saldos e intereses dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación.
Cuándo existe una discrepancia significativa en Ganancias Simplificado
ARCA puede impugnar cuando se verifica al menos una de estas condiciones:
- Incremento del impuesto ≥ 15% respecto de lo declarado.
- Que la diferencia supere el 5% del umbral penal de evasión simple (hoy 100 millones de pesos, es decir un mínimo de 5 millones).
- Que el ajuste supere directamente el umbral penal de evasión simple.
- Facturas falsas o cómputos improcedentes: en estos casos, la discrepancia se configura desde el primer peso.
Qué reglas protegen al contribuyente frente a ARCA
La Ley de Inocencia Fiscal establece que:
- La discrepancia no será considerada significativa si el contribuyente rectifica dentro de los 15 días hábiles y regulariza los saldos.
- La carga de la prueba recae exclusivamente en ARCA, que solo puede basarse en información declarada, disponible en sus sistemas o aportada por terceros.
- ARCA no puede usar presunciones de incremento patrimonial no justificado ni depósitos superiores a ingresos declarados para cuestionar fondos exteriorizados bajo este régimen.
Qué implica este cambio para quienes tienen ahorros sin declarar
Para quienes vienen posponiendo la decisión de blanquear sus ahorros, la reforma ordena un camino más previsible: menos discrecionalidad para ARCA, plazos concretos para corregir errores y una carga de la prueba que ya no recae sobre el contribuyente. Todavía resta la aprobación definitiva en el Senado, pero el sentido de la norma es claro: que esos dólares guardados salgan del colchón y entren al sistema financiero o productivo, sin que blanquearlos cueste más que mantenerlos ocultos. Mientras tanto, la recomendación es no apurar los pasos sin asesoramiento profesional: cada vía (bancaria, bursátil o inmobiliaria) tiene requisitos propios, y un error en la adhesión puede hacer perder los beneficios que la ley busca garantizar.

Por Dra Elisabet Maria Piacentini
Especialista en Pymes. Capacitadora. Oradora.CEO de Estudio Contable Piacentini
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