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IVA, reintegro según "Compre sin IVA"

Aclaraciones sobre el reintegro del 21% del IVA


domingo, 24 de septiembre de 2023
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IVA, reintegro según "Compre sin IVA"

Aclaraciones sobre el reintegro del 21% del IVA

La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA), en el marco de la reglamentación del programa “Compre sin IVA” (Resolución Nº 1373/2023 del Ministerio de Economía y Resolución General Nº 5418/23 de la AFIP), explica en en esta nota, que desde el 18 de septiembre pasado, rige el régimen de reintegros del 21% para las compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas con un tope de hasta $18.800.

Aclaraciones sobre el reintegro del 21% del IVA

El beneficio aplica a las compras efectuadas con tarjetas de débitodébito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras. Quedan alcanzadas por el régimen, además, las compras que se realicen con la Tarjeta Alimentar o con otras tarjetas emitidas a beneficiarios del programa Potenciar Trabajo.

Beneficiarios: en cuanto a los sujetos alcanzados por el citado régimende reintegros, la normativa establece que serán los que perciban alguno de los conceptos que detallamos a continuación (no excluyentes entre sí):

    Cabe aclarar que para el corriente mes de septiembre, se considerarán las remuneraciones informadas en el período de agosto 2023.

    Sujetos excluidos: quedan excluidos del régimen los trabajadores autónomos y las personas obligadas a tributar el impuesto sobre los bienes personales, siempre que la obligación no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única.

    Así, los trabajadores que cobren salarios de hasta $708.000, los monotributistas, jubilados y pensionados que perciban hasta seis haberes mínimos, y los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Tarjeta Alimentar o Potenciar Trabajo, recibirán el equivalente al 21% de las compras de bienes de primera necesidad que realicen con tarjeta de débito.

    Comercios: Para aplicar al programa, los comercios, tanto minoristas como mayoristas, deberán estar inscriptos en AFIP con los códigos de actividad definidos en el mismo. Se puede verificar la actividad económica declarada por el comercio ingresando en el servicio «Consulta de inscripción» con CUIT.

    Productos incluidos en el régimen de devolución del IVA

    El programa incorpora artículos de los rubros alimentos, bebidas e higiene personal en base a la Canasta Básica y el tope mensual es de $18.800 por persona. Estos artículos son:

      El beneficio de la devolución del 21% del monto final, entonces, aplica para la compra de frutas, verduras, lácteos, panificados, carnes y demás productos que componen la canasta básica alimentaria como los de higiene personal, tanto en comercios minoristas como mayoristas. Dado que el reintegro se aplica sobre el ticket final, no es excluyente de las promociones de las diferentes entidades bancarias.

      Acreditación del reintegro: el monto de la devolución se acreditará en la cuenta bancaria del contribuyente a las 48 horas de realizada la operación. No es necesario realizar ningún trámite porque el beneficio se activará de manera automática con el CUIT o CUIL.

      Horarios establecidos para la devolución: se reintegrará el monto que corresponda entre las 00:00 hs. y las 17:00 hs. Si la compra se realiza hasta las 17 horas, se acreditará dentro de las 24 hs. hábiles de efectuada la operación o dentro de las 48 hs. hábiles de efectuada la operación de compra si la compra fuera luego de las 17 horas.

      Cuenta DNI comercios adheridosla Cuenta DNI, billetera virtual gratuita que ofrece el Banco Provincia y permite pagar con el celular, sin necesidad de utilizar efectivo o tarjetas, es compatible con el Programa Compre sin IVA. Por lo tanto, quienes paguen con esta billetera virtual, también podrán acceder al beneficio del reintegro.  


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